Algo más sobre la Caja de Seguro Social
- 28/02/2025 00:00
- 27/02/2025 16:46
Si se dan las reformas a la ley 163, que tanto espera el pueblo panameño, podremos evitar una explosión social [...] Es obvio que si no se hacen las correcciones debidas sobre el anteproyecto de ley 163, tal como lo exige el pueblo panameño, se darán todas las condiciones necesarias para una explosión social que traerá nuevas alternativas de gobernabilidad, sin generar un choque con la institucionalidad del Estado.
Para tal fin, la metodología para la discisión del proyecto 163 se discutirá así: primer bloque que va del artículo 1 al 51, el segundo del 51 al 105 y el tercero del 106 al 210. Hasta ahora se ha discutido el bloque 1 y el 2.
Lo consensuado hasta ahora son las siguientes, es necesario garantizar la seguridad del capital de la CSS, lo que implica dar el 90 % del manejo al Banco Nacional y un 10 % a la banca privada, asimismo mantener la cuota por parte de los trabajadores y promover un aumento escalonado a la cuota obrero-patronal. Igualmente, se propone un aporte del Estado equivalente al 0,8 % de los sueldos y bases de cotizaciones para trabajadores independientes e informales. No se debe aumentar la edad ni las cuotas para los próximos jubilados.
El tema que, para mi concepto, debe tener una más amplia discusión, es el que impone que la cuota a pagar por los pensionados y jubilados será equivalente a 6,75 % del monto bruto mensual de sus jubilaciones o pensiones.
Si ya el trabajador o empleado llegó a la edad para solicitar su jubilación, 57 años las mujeres y 62 los hombres, y ya pagó las 240 cuotas, por qué tiene que seguir pagando cuotas si ya cumplió con lo estipulado para su jubilación. Se me hace impropio que siga pagando cuotas. Si se quitara este pago de cuotas aumentaría su ingreso y obviamente tendrá un aumento en su demanda, ya sea para alimentos o medicamentos, que genera mayor crecimiento económico en el mercado.
Si se logrará cobrar esos 310 millones 927 mil dólares que adeudan empleadores a la CSS, recompensarían, con creces, lo que no deben pagar los jubilados; así disfrutarían mejor su esfuerzo y aporte que con su trabajo le han hecho a la economía nacional.
Esto sería un aporte más para todos los trabajadores que ya están jubilados o pensionados, lo que sería un aumento en sus ingresos sin esperar subsidios o aumentos en sus ingresos (2,43 % anual)
Asegurando la estabilidad y perfeccionamiento de la CSS, el Estado hará aportes por mil 184 millones anuales, que provendrán del Canal de Panamá, otra parte se originará de la disminución de la evasión del impuesto de transferencia de bienes muebles y servicios (Itbms) que se estima en mil 500 millones de dólares anuales. También se obtendrán recursos de la revisión de normas que generan pérdidas tributarias. Por su parte, los empleadores aportarán un 3 % adicional en la cuota obrero-patronal.
Si se dan las reformas a la ley 163, que tanto espera el pueblo panameño, podremos evitar una explosión social que generaría problemas económicos y políticos que mucho daño le harán al país.
Es obvio que si no se hacen las correcciones debidas sobre el anteproyecto de ley 163, tal como lo exige el pueblo panameño, se darán todas las condiciones necesarias para una explosión social que traerá nuevas alternativas de gobernabilidad, sin generar un choque con la institucionalidad del Estado.
Para tal fin, la metodología para la discisión del proyecto 163 se discutirá así: primer bloque que va del artículo 1 al 51, el segundo del 51 al 105 y el tercero del 106 al 210. Hasta ahora se ha discutido el bloque 1 y el 2.
Lo consensuado hasta ahora son las siguientes, es necesario garantizar la seguridad del capital de la CSS, lo que implica dar el 90 % del manejo al Banco Nacional y un 10 % a la banca privada, asimismo mantener la cuota por parte de los trabajadores y promover un aumento escalonado a la cuota obrero-patronal. Igualmente, se propone un aporte del Estado equivalente al 0,8 % de los sueldos y bases de cotizaciones para trabajadores independientes e informales. No se debe aumentar la edad ni las cuotas para los próximos jubilados.
El tema que, para mi concepto, debe tener una más amplia discusión, es el que impone que la cuota a pagar por los pensionados y jubilados será equivalente a 6,75 % del monto bruto mensual de sus jubilaciones o pensiones.
Si ya el trabajador o empleado llegó a la edad para solicitar su jubilación, 57 años las mujeres y 62 los hombres, y ya pagó las 240 cuotas, por qué tiene que seguir pagando cuotas si ya cumplió con lo estipulado para su jubilación. Se me hace impropio que siga pagando cuotas. Si se quitara este pago de cuotas aumentaría su ingreso y obviamente tendrá un aumento en su demanda, ya sea para alimentos o medicamentos, que genera mayor crecimiento económico en el mercado.
Si se logrará cobrar esos 310 millones 927 mil dólares que adeudan empleadores a la CSS, recompensarían, con creces, lo que no deben pagar los jubilados; así disfrutarían mejor su esfuerzo y aporte que con su trabajo le han hecho a la economía nacional.
Esto sería un aporte más para todos los trabajadores que ya están jubilados o pensionados, lo que sería un aumento en sus ingresos sin esperar subsidios o aumentos en sus ingresos (2,43 % anual)
Asegurando la estabilidad y perfeccionamiento de la CSS, el Estado hará aportes por mil 184 millones anuales, que provendrán del Canal de Panamá, otra parte se originará de la disminución de la evasión del impuesto de transferencia de bienes muebles y servicios (Itbms) que se estima en mil 500 millones de dólares anuales. También se obtendrán recursos de la revisión de normas que generan pérdidas tributarias. Por su parte, los empleadores aportarán un 3 % adicional en la cuota obrero-patronal.
Si se dan las reformas a la ley 163, que tanto espera el pueblo panameño, podremos evitar una explosión social que generaría problemas económicos y políticos que mucho daño le harán al país.