El pacto bilateral para frenar la crisis migratoria
- 10/07/2024 00:00
- 09/07/2024 20:14
El Memorando de Entendimiento suscrito entre Panamá y Estados Unidos contiene siete secciones que detallan la parte operativa y el financiamiento. Un único anexo establece que Panamá determina de forma independiente si los migrantes irregulares son susceptibles de la aplicación de las medidas migratorias El Memorando de Entendimiento (Mou) entre Panamá y Estados Unidos acordado el pasado 1 de julio entre el presidente panameño, José Raúl Mulino y Alejandro Mayorkas, secretario de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) del gobierno estadounidense, plasma las responsabilidades de cada parte y sus obligaciones. En seis páginas cada parte describe los compromisos que se ajustan a la intención de repatriar a migrantes irregulares a sus países de origen, a través de vuelos chárter sufragados por DHS, o en vuelos comerciales, de manera limitada.
El Memorando, que consta de seis páginas, parte de la Declaración de Los Ángeles sobre Migración y Protección, en la que 22 países se comprometieron a reforzar las iniciativas nacionales y regionales que den lugar a las condiciones necesarias para la migración segura, ordenada, y a fortalecer los marcos para la protección y cooperación internacionales.
Las primeras secciones, siete en total, centran las intenciones de cada país. Así, en las primeras líneas detalla el asesoramiento técnico y logístico que proporcionará Estados Unidos a Panamá y la forma en que se aplicará la operatividad relacionada al transporte aéreo e investigación con fines de protección a los migrantes sujetos a operaciones de expulsión. Consta de un sólo anexo, que plasma los procedimientos que se emplearán para la cooperación en asuntos migratorios.
En dicho anexo (A) establece que Panamá determinará de forma independiente si los migrantes irregulares son susceptibles de la aplicación de medidas migratorias según sus leyes y obligaciones nacionales e internacionales. Una vez determine que las medidas son aplicables, coordinará el traslado con el enlace de la contraparte. Será Panamá quien tramite la expedición de documentos de viaje para las personas identificadas en el flujo migratorio cuando sea necesario. De esta forma el enlace comunicará la necesidad del transporte aéreo que considere necesario, previa información de tipo de medida aplicable, según el caso como el apoyo extraordinario en caso de ser necesario, la asignación de transporte, el cronograma de ejecución, el aeropuerto de partida, y en el manifiesto de vuelo se indicará que se han respetado los derechos de las personas en materia migratoria, como el principio de no devolución. Lo mismo ocurre si se trata de pasajes aéreos comerciales.
El Memorando no limita la capacidad de Panamá para ejecutar de forma independiente y soberana los procesos migratorios de acuerdo a su legislación, competencia, juicio, así como la disponibilidad y el uso de fondos propios. Así mismo, ninguna disposición del acuerdo da lugar a derechos y obligaciones en el derecho panameño, el derecho de Estados Unidos o el derecho internacional. Tampoco pretende obligar a los países firmantes a destinar fondos del presupuesto nacional para este fin. Las acciones están sujetas a los fondos disponibles de cada país según el presupuesto y la legislación.
La vigencia del Memorando es por un año prorrogable por el mismo periodo, pero cualquiera de las partes puede suspenderlo con una nota escrita 30 días antes, y entrará en vigencia de forma automática, sin necesidad de que la contraparte lo acepte. De igual forma, cualquiera puede terminar de inmediato la asistencia descrita si establece que los procedimientos realizados al amparo del acuerdo no satisfacen correctamente los compromisos plasmados en el mismo.
Al firmar este memorando, la intención de Panamá se centra en lo siguiente: Actuar de forma soberana en los procedimientos migratorios que ponga en marcha y de conformidad con sus obligaciones nacionales e internacionales, incluidas la Convención de 1951 sobre el Estatuto de Refugiados, su Protocolo de 1967 y la Convención de 1984 contra la Tortura.
El gobierno panameño aplicará procedimientos migratorios para adultos que forman parte de los flujos migratorios irregulares según la legislación del país. Además, facilitará el acceso de funcionarios estadounidenses en coordinación con la Oficina para la Atención de Refugiados y autoridades de protección infantil, como observadores de las instalaciones y procesos panameños respaldados por Estados Unidos, conforme al Mou. El acuerdo especifica que el dinero proporcionado por Estados Unidos no se podrá emplear para construcción.
Se lee en la sección quinta que este acuerdo no establece derechos de ningún tipo en favor de un tercero contra ninguno de los países firmantes, sus instituciones, órganos, funcionarios, empleadores o agentes, ya sea de manera colectiva o individual.
Estados Unidos, por su parte, se compromete a apoyar a Panamá con los recursos adecuados, constantes y necesarios para dotar o mejorar las instalaciones que en los centros de migración de personas que no son nacionales de ninguno de los participantes, en cumplimiento con el debido proceso y respeto de los derechos humanos.
Colaborar con el transporte aéreo de migrantes irregulares mayores de 18 años de nacionalidades identificadas por los participantes, de manera proporcional con el aumento de los flujos migratorios irregulares. Esta colaboración será por medio de transporte aéreo en aeronaves fletadas suministradas por el Departamento de Seguridad de Estados Unidos o a través de pasajes en aerolíneas comerciales, de manera limitada, pagados por Estados Unidos.
Los vuelos o pasajes se realizarán a solicitud de Panamá dentro de un término de 96 horas. En estos vuelos se podrán incluir grupos o unidades familiares con el consentimiento mutuo de ambos países, pero no se podrán ubicar en estos vuelos a menores no acompañados y a personas apátridas. De ser necesario Estados Unidos debería apoyar las labores de Panamá para obtener fondos internacionales adicionales para fines humanitarios, de desarrollo, y las solicitudes de apoyo financiero de otros donantes en respuesta al impacto del ingreso de migrantes y refugiados a su territorio a fin de asistirlos con inclusión social y económica.
Estados Unidos busca colaborar con Panamá para propiciar conversaciones con los gobiernos de otros países que identifiquen ambas naciones para facilitar el proceso migratorio de sus nacionales en territorio panameño. Apoyar a Panamá con transporte y logística de extranjeros detectados dentro de los flujos migratorios en contravención de las leyes migratorias de Panamá quienes estarán sujetos a medidas administrativas migratorias de acuerdo a las leyes panameñas.
El contenido del Memorando podrá modificarse por escrito a decisión mutua y una vez entre en vigor cada parte designará a un funcionario como enlace. Las diferencias que pudieran surgir por la aplicación del acuerdo se resolverán de forma bilateral por la vía diplomática.
Reacción de Colombia La instalación de una cerca de serpentinas de púas en territorio panameño no ha sido bien recibida por el presidente colombiano Gustavo Petro, a pesar de que en la reunión bilateral sostenida el 1 de julio, las autoridades panameñas notificaron a sus pares colombianos la novedad. El mandatario del país vecino publicó un mensaje en la red “X”: “los alambres de púas en la selva sólo traerán ahogados en el mar”. La frase forma parte de una respuesta al expresidente de ese país Ernesto Samper, quien antes dijo en la misma red: “El nuevo gobierno de Panamá lamentablemente aceptó la política de los Estados Unidos de trancar a los migrantes en la frontera del sur al precio que sea para que no lleguen a la frontera norte de México y Estados Unidos. El cierre del Darién equivale a construir un muro inhumano que obligará a los migrantes, con alto riesgo para sus vidas, a buscar otras rutas más peligrosas para seguir su éxodo inevitable. Qué hará cancillería Colombia”, publicó.
Desde que Panamá instaló la cerca en la porción del territorio darienita, la peligrosa selva que divide Panamá con Colombia, el istmo intenta imponer un corredor humanitario para el paso de migrantes irregulares y cerrar cuatro, o cinco rutas, que utilizan los migrantes en la selva panameña, hasta ahora incontrolables para las autoridades panameñas.
Si bien, la propuesta del cruce panameño no esquiva el paso por la selva del lado colombiano y los peligros que allí ocurren, unidades del Servicio Nacional de Fronteras tendrán presencia en el tramo panameño para evitar robos, violaciones o hurtos, situaciones denunciadas por migrantes cuando arriban al primer poblado panameño ubicado en Bajo Chiquito. El camino que pretende implementar el istmo es la ruta de Acandí o Capurganá- Bajo Chiquito - Estación Transitoria de Recepción de Migrantes en Lajas Blancas.
La caminata inicia en Turbo (Antioquia, Colombia) donde los migrantes toman una lancha a Acandí o Capurganá. Ahí inician una caminata por la selva colombiana que puede extenderse de tres a seis días, aunque el tiempo es relativo. Algunos migrantes que sufren accidentes o caídas les toma semanas finalizar el recorrido hasta llegar a Come Gallina. Ese sería el primer punto del lado panameño donde llegan los migrantes quienes, según las autoridades panameñas, tendrán acceso a una piragua, con costo, manejada por indígenas locales que los dejará en Bajo Chiquito. Desde este pueblo, donde los migrantes permanecen una noche, pagan otra piragua para llegar a Lajas Blancas, un trayecto de cuatro horas dependiendo de las condiciones climáticas. Una vez en la estación transitoria de Lajas Blancas los migrantes toman un bus con un pasaje de $60 que los cruza hasta ciudad Neily, en Costa Rica, donde siguen el camino por Centroamérica, México, hasta llegar al norte.
Esta senda supuestamente evita el paso de los migrantes en la porción de la peligrosa selva panameña, paso criticado por organismos internacionales como Human Rights que en abril pasado hizo un llamado de atención a Colombia y Panamá ante la falta de protección y asistencia a miles de migrantes y a las solicitudes de asilo en ambas naciones. De igual forma criticó que no se estaban investigando adecuadamente los abusos cometidos en contra de migrantes, urgiendo a las autoridades de ambas naciones a prevenir los crímenes cometidos por las organizaciones criminales y delincuentes que se encuentran en el camino, de igual forma a investigar los abusos, según solicitó la entidad no gubernamental.
El Memorando de Entendimiento (Mou) entre Panamá y Estados Unidos acordado el pasado 1 de julio entre el presidente panameño, José Raúl Mulino y Alejandro Mayorkas, secretario de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) del gobierno estadounidense, plasma las responsabilidades de cada parte y sus obligaciones. En seis páginas cada parte describe los compromisos que se ajustan a la intención de repatriar a migrantes irregulares a sus países de origen, a través de vuelos chárter sufragados por DHS, o en vuelos comerciales, de manera limitada.
El Memorando, que consta de seis páginas, parte de la Declaración de Los Ángeles sobre Migración y Protección, en la que 22 países se comprometieron a reforzar las iniciativas nacionales y regionales que den lugar a las condiciones necesarias para la migración segura, ordenada, y a fortalecer los marcos para la protección y cooperación internacionales.
Las primeras secciones, siete en total, centran las intenciones de cada país. Así, en las primeras líneas detalla el asesoramiento técnico y logístico que proporcionará Estados Unidos a Panamá y la forma en que se aplicará la operatividad relacionada al transporte aéreo e investigación con fines de protección a los migrantes sujetos a operaciones de expulsión. Consta de un sólo anexo, que plasma los procedimientos que se emplearán para la cooperación en asuntos migratorios.
En dicho anexo (A) establece que Panamá determinará de forma independiente si los migrantes irregulares son susceptibles de la aplicación de medidas migratorias según sus leyes y obligaciones nacionales e internacionales. Una vez determine que las medidas son aplicables, coordinará el traslado con el enlace de la contraparte. Será Panamá quien tramite la expedición de documentos de viaje para las personas identificadas en el flujo migratorio cuando sea necesario. De esta forma el enlace comunicará la necesidad del transporte aéreo que considere necesario, previa información de tipo de medida aplicable, según el caso como el apoyo extraordinario en caso de ser necesario, la asignación de transporte, el cronograma de ejecución, el aeropuerto de partida, y en el manifiesto de vuelo se indicará que se han respetado los derechos de las personas en materia migratoria, como el principio de no devolución. Lo mismo ocurre si se trata de pasajes aéreos comerciales.
El Memorando no limita la capacidad de Panamá para ejecutar de forma independiente y soberana los procesos migratorios de acuerdo a su legislación, competencia, juicio, así como la disponibilidad y el uso de fondos propios. Así mismo, ninguna disposición del acuerdo da lugar a derechos y obligaciones en el derecho panameño, el derecho de Estados Unidos o el derecho internacional. Tampoco pretende obligar a los países firmantes a destinar fondos del presupuesto nacional para este fin. Las acciones están sujetas a los fondos disponibles de cada país según el presupuesto y la legislación.
La vigencia del Memorando es por un año prorrogable por el mismo periodo, pero cualquiera de las partes puede suspenderlo con una nota escrita 30 días antes, y entrará en vigencia de forma automática, sin necesidad de que la contraparte lo acepte. De igual forma, cualquiera puede terminar de inmediato la asistencia descrita si establece que los procedimientos realizados al amparo del acuerdo no satisfacen correctamente los compromisos plasmados en el mismo.
Al firmar este memorando, la intención de Panamá se centra en lo siguiente: Actuar de forma soberana en los procedimientos migratorios que ponga en marcha y de conformidad con sus obligaciones nacionales e internacionales, incluidas la Convención de 1951 sobre el Estatuto de Refugiados, su Protocolo de 1967 y la Convención de 1984 contra la Tortura.
El gobierno panameño aplicará procedimientos migratorios para adultos que forman parte de los flujos migratorios irregulares según la legislación del país. Además, facilitará el acceso de funcionarios estadounidenses en coordinación con la Oficina para la Atención de Refugiados y autoridades de protección infantil, como observadores de las instalaciones y procesos panameños respaldados por Estados Unidos, conforme al Mou. El acuerdo especifica que el dinero proporcionado por Estados Unidos no se podrá emplear para construcción.
Se lee en la sección quinta que este acuerdo no establece derechos de ningún tipo en favor de un tercero contra ninguno de los países firmantes, sus instituciones, órganos, funcionarios, empleadores o agentes, ya sea de manera colectiva o individual.
Estados Unidos, por su parte, se compromete a apoyar a Panamá con los recursos adecuados, constantes y necesarios para dotar o mejorar las instalaciones que en los centros de migración de personas que no son nacionales de ninguno de los participantes, en cumplimiento con el debido proceso y respeto de los derechos humanos.
Colaborar con el transporte aéreo de migrantes irregulares mayores de 18 años de nacionalidades identificadas por los participantes, de manera proporcional con el aumento de los flujos migratorios irregulares. Esta colaboración será por medio de transporte aéreo en aeronaves fletadas suministradas por el Departamento de Seguridad de Estados Unidos o a través de pasajes en aerolíneas comerciales, de manera limitada, pagados por Estados Unidos.
Los vuelos o pasajes se realizarán a solicitud de Panamá dentro de un término de 96 horas. En estos vuelos se podrán incluir grupos o unidades familiares con el consentimiento mutuo de ambos países, pero no se podrán ubicar en estos vuelos a menores no acompañados y a personas apátridas. De ser necesario Estados Unidos debería apoyar las labores de Panamá para obtener fondos internacionales adicionales para fines humanitarios, de desarrollo, y las solicitudes de apoyo financiero de otros donantes en respuesta al impacto del ingreso de migrantes y refugiados a su territorio a fin de asistirlos con inclusión social y económica.
Estados Unidos busca colaborar con Panamá para propiciar conversaciones con los gobiernos de otros países que identifiquen ambas naciones para facilitar el proceso migratorio de sus nacionales en territorio panameño. Apoyar a Panamá con transporte y logística de extranjeros detectados dentro de los flujos migratorios en contravención de las leyes migratorias de Panamá quienes estarán sujetos a medidas administrativas migratorias de acuerdo a las leyes panameñas.
El contenido del Memorando podrá modificarse por escrito a decisión mutua y una vez entre en vigor cada parte designará a un funcionario como enlace. Las diferencias que pudieran surgir por la aplicación del acuerdo se resolverán de forma bilateral por la vía diplomática.
La instalación de una cerca de serpentinas de púas en territorio panameño no ha sido bien recibida por el presidente colombiano Gustavo Petro, a pesar de que en la reunión bilateral sostenida el 1 de julio, las autoridades panameñas notificaron a sus pares colombianos la novedad. El mandatario del país vecino publicó un mensaje en la red “X”: “los alambres de púas en la selva sólo traerán ahogados en el mar”. La frase forma parte de una respuesta al expresidente de ese país Ernesto Samper, quien antes dijo en la misma red: “El nuevo gobierno de Panamá lamentablemente aceptó la política de los Estados Unidos de trancar a los migrantes en la frontera del sur al precio que sea para que no lleguen a la frontera norte de México y Estados Unidos. El cierre del Darién equivale a construir un muro inhumano que obligará a los migrantes, con alto riesgo para sus vidas, a buscar otras rutas más peligrosas para seguir su éxodo inevitable. Qué hará cancillería Colombia”, publicó.
Desde que Panamá instaló la cerca en la porción del territorio darienita, la peligrosa selva que divide Panamá con Colombia, el istmo intenta imponer un corredor humanitario para el paso de migrantes irregulares y cerrar cuatro, o cinco rutas, que utilizan los migrantes en la selva panameña, hasta ahora incontrolables para las autoridades panameñas.
Si bien, la propuesta del cruce panameño no esquiva el paso por la selva del lado colombiano y los peligros que allí ocurren, unidades del Servicio Nacional de Fronteras tendrán presencia en el tramo panameño para evitar robos, violaciones o hurtos, situaciones denunciadas por migrantes cuando arriban al primer poblado panameño ubicado en Bajo Chiquito. El camino que pretende implementar el istmo es la ruta de Acandí o Capurganá- Bajo Chiquito - Estación Transitoria de Recepción de Migrantes en Lajas Blancas.
La caminata inicia en Turbo (Antioquia, Colombia) donde los migrantes toman una lancha a Acandí o Capurganá. Ahí inician una caminata por la selva colombiana que puede extenderse de tres a seis días, aunque el tiempo es relativo. Algunos migrantes que sufren accidentes o caídas les toma semanas finalizar el recorrido hasta llegar a Come Gallina. Ese sería el primer punto del lado panameño donde llegan los migrantes quienes, según las autoridades panameñas, tendrán acceso a una piragua, con costo, manejada por indígenas locales que los dejará en Bajo Chiquito. Desde este pueblo, donde los migrantes permanecen una noche, pagan otra piragua para llegar a Lajas Blancas, un trayecto de cuatro horas dependiendo de las condiciones climáticas. Una vez en la estación transitoria de Lajas Blancas los migrantes toman un bus con un pasaje de $60 que los cruza hasta ciudad Neily, en Costa Rica, donde siguen el camino por Centroamérica, México, hasta llegar al norte.
Esta senda supuestamente evita el paso de los migrantes en la porción de la peligrosa selva panameña, paso criticado por organismos internacionales como Human Rights que en abril pasado hizo un llamado de atención a Colombia y Panamá ante la falta de protección y asistencia a miles de migrantes y a las solicitudes de asilo en ambas naciones. De igual forma criticó que no se estaban investigando adecuadamente los abusos cometidos en contra de migrantes, urgiendo a las autoridades de ambas naciones a prevenir los crímenes cometidos por las organizaciones criminales y delincuentes que se encuentran en el camino, de igual forma a investigar los abusos, según solicitó la entidad no gubernamental.