Bloqueo de Panamá a lácteos ticos provoca $33 millones en pérdidas; Aprogalpa sustenta error de la OMC
- 28/01/2025 00:00
- 27/01/2025 18:54
En conferencia de prensa, el costarricense Ministerio de Comercio Exterior junto con su cúpula empresarial, manifestó su indignación con Panamá al apelar el fallo. Gremio ganadero de leche afirma que aunque Costa Rica fue favorecida, no sustentó su hipótesis en la importación de productos lácteos ni cárnicos, que de no ser corregido por la OMC, compromete y vulnera la actividad La diferencia entre Panamá y Costa Rica por un bloqueo que data del año 2020 sigue generando controversia entre los países vecinos.
Ayer, 27 de enero, el titular del Ministerio de Comercio Exterior de Costa Rica, Manuel Tovar, junto con su cúpula empresarial, encabezó una conferencia de prensa en la que reiteró que al Panamá recurrir a la apelación “constituye un acto temerario y de mala fe del gobierno, así como una maniobra aplicada con el único propósito de mantener las prohibiciones ilegítimas a la importación de bienes costarricenses”.
Tovar se refiere a la apelación que presentó Panamá, el pasado 24 de enero, en Ginebra, Suiza, al laudo arbitral del 5 de diciembre de 2024, del grupo especial del Órgano de Solución de Diferencias (OSD) de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el caso DS599, denominado “Medidas relativas a la importación de determinados productos procedentes de Costa Rica” y que consta de 392 páginas, donde Costa Rica salió favorecido,
Tovar lamentó la apelación de Panamá, ya que es una acción “en contra de la decisión que dio la razón a Costa Rica, estableciendo que estas prohibiciones violan más de 30 obligaciones comerciales multilaterales y constituyen restricciones injustificadas al comercio internacional”.
“El único actuar aceptable frente a la decisión de la OMC era el cumplimiento inmediato del Gobierno panameño y el levantamiento de las prohibiciones que afectan a nuestro sector agropecuario”, dijo Tovar en la conferencia de prensa.
El representante del Ejecutivo costarricense insistió en que: “en diciembre pasado, el Gobierno de Costa Rica propuso a las autoridades panameñas que, en caso de procurar la impugnación del laudo, se hiciera mediante un mecanismo alternativo que permitiera resolver el recurso en un plazo corto y cierto, dirimiendo definitivamente esta controversia y otorgando seguridad jurídica a ambos países”.
Panamá impide la entrada al país de productos lácteos; cárnicos de bovino, porcino, aves de corral y pavo, alimento para peces, fresas, piña fresca y plátano y banano costarricenses.
Por su parte, Ivanna Quesada, presidenta de la Cámara Nacional de Productores de Leche de Costa Rica, también lamentó el proceder de Panamá ante un contundente fallo de la OMC, y afirmó que el país utiliza pretextos sanitarios inadmisibles, cuando la calidad producida es “excelente”, cuando la clase grado B de Costa Rica es castigada y a diferencia en Panamá, la grado C —o industrial y más baja que la de Costa Rica— es premiada.
Quesada invitó a Panamá a realizar un comparativo objetivo, técnico y científico sobre la sanidad animal y de las leches, para entender la brecha entre ambos países.
Tomando como referencia que el bloqueo data de junio del año 2020, Quesada comentó que han dejado de exportar al mercado panameño unos 50.000 litros diarios de leche líquida y subproductos lácteos, lo que representa una pérdida económica de unos $33 millones.
Luis Eduardo Arata, presidente de la Corporación Ganadera, también estuvo presente en la conferencia costarricense e hizo un llamado para que los países vecinos en conjunto busquen mercados para colocar sus productos en lugar de estas diferencias.
La postura de Panamá e informe Julián González Chea, vocero del Comité Técnico Comercial del Sector Productor Lácteo (Pro Lácteos de Panamá), dijo que la apelación se dio, ya que el informe del grupo especial de la OMC no tomaba en cuenta la normativa panameña, no era consistente y tampoco defendía los mejores intereses del país.
González Chea se refirió a los pronunciamientos costarricenses como “inapropiados”. “Lo que hacen nos parece inapropiado, ya que hacen aseveraciones sobre la economía panameña y sobre el sector lácteo, cuando ni siquiera son panameños; entonces, nos parece que eso no es correcto”, comentó a este medio el ganadero que preside la Asociación de Productores de Ganado Lechero de Panamá (Aprogalpa).
Con base en el informe de la Aprogalpa, con 14 páginas, para la apelación ante la OMC, “Panamá, en teoría, tiene en Costa Rica un mercado libre de aranceles. En la práctica, Costa Rica ha procedido a inhabilitar todas las plantas panameñas de exportación de productos lácteos desde el 2020. Por consiguiente, actualmente el comercio lácteo entre los países permanece cerrado en ambas vías”.
El documento de la Aprogalpa destaca que Costa Rica no demostró que los fechos en los que fundamento la medida 2 sobre “Restricción a la importación de productos lácteos y cárnicos”, con sus dos supuestos: a). La no renovación de las aprobaciones sanitarias de diversos establecimientos costarricenses que producen y exportan los productos en cuestión, y b). La exigencia de Panamá de que Costa Rica se someta a un nuevo procedimiento de elegibilidad zoosanitaria como condición para reanudar el comercio de dichos productos como si se tratase de un país que va a exportar por primera vez.
Sin embargo, el grupo especial concluyó en su informe que “Costa Rica no pudo probar que Panamá haya revocado o dejado de reconocer la elegibilidad sanitaria o zoosanitaria de Costa Rica para todos los productos en litigio”.
Aprogalpa indica que: “al ser incapaz Costa Rica en demostrar el supuesto arriba indicado, se desvanece el sustento del informe del grupo especial en su conclusión sobre la medida 2. Costa Rica no logró demostrar uno de los dos pilares sobre los cuales sustenta su posición”.
Además, la Aprogalpa destaca la interpretación errónea por el grupo especial de la OMC, y que esa instancia desconoce la competencia de las normas del Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) y de la autoridad sanitaria panameña, que mediante cuestionario solicito más información a Costa Rica sobre su sistema sanitario.
En conclusión, la Aprogalpa resume en 12 puntos la postura de Panamá en la diferencia que tiene con Costa Rica, donde destacan: “El grupo especial concluyó erróneamente que Panamá discriminó a Costa Rica de manera arbitraria o injustificable cuando concedió prórrogas de 2 a 6 meses a favor de establecimientos industriales de Perú y Nueva Zelanda en los que, a su juicio, prevalecían condiciones sanitarias idénticas o similares, y no dio mérito suficiente ni valoró objetivamente que en dicha comparación se trataban productos distintos, con requisitos sanitarios y riesgos sanitarios asociados distintos, incluso para un mismo establecimiento, con usos distintos (consumo humano y consumo animal, materia prima industrial) y con sistemas sanitarios que gozan de una tradición sanitaria y reputación distinta (comparar y equiparar los sistemas sanitarios de Costa Rica con Nueva Zelanda en materia láctea, es cuando menos una exageración). Panamá debe insistir en la necesidad de enmendar ese error de interpretación y valoración jurídica”.
El Código Sanitario panameño El Código Sanitario ilustran la importancia de los estándares y controles a la que es sometida la producción lechera en Panamá, para garantizar un producto de alta higiene y calidad al consumidor panameño.
La leche es un producto vital para los productores, los consumidores y para la economía del país. El Código Sanitario de Panamá la define como “leche cruda: ... la secreción láctea del ordeño completo de una o más vacas sanas excluyendo al calostro...”. “Esta leche debe tener no menos de 8,5 % de sólidos no grasos y no menos de 3,5 % de grasa láctea y un total de sólidos no inferior al 12 %”.
La “leche cruda grado A es aquella que tiene un recuento de bacterias no mayor de 200.000 por mililitro ni residuos de antibióticos y que desde el momento de su obtención hasta llegar a la planta pasteurizadora se mantenga a una temperatura no mayor de 10C, temperatura que debe ser mantenida hasta su pasteurización. Esta leche provendrá de las granjas de primera clase, cuyos requisitos mínimos están señalados en el reglamento sobre producción de leche”.
Por su parte, la “leche pasteurizada grado “A” es la leche que proviene de la leche cruda grado “A”, la cual ha sido pasteurizada, enfriada y colocada en su envase final en una planta pasteurizadora que llena los requisitos exigidos en el reglamento respectivo. En todos los casos, el examen de la leche debe probar que ha tenido una pasteurización eficiente que se evidencia mediante pruebas satisfactorias de fosfatasa, y en ningún tiempo, después de su pasteurización y antes de su entrega final, debe la leche tener un recuento de bacterias de plato petri que exceda de 30.000 por mililitro o un contenido de coliforme que exceda de 10.000 por mililitro: debe ser negativo a grupos patógenos”.
Estas definiciones del Código Sanitario ilustran la importancia de los estándares y controles a la que es sometida la producción lechera panameña, para garantizar un producto de alta higiene y calidad al consumidor local.
En Panamá, la producción de leche cruda líquida está por el orden de los 178,9 millones de litros al año, de la cual, el 86 % es recibida por la industria procesadora destinada a la producción principalmente de leche fresca, leche líquida larga duración, quesos, yogur y leche evaporada. La actividad de producción de leche cruda genera un valor económico anual de $177,1 millones. Actualmente, existen unos 2.827 productores dedicados a la producción de leche y unas 157.500 cabezas de ganado destinado a la producción de leche. El precio por litro pagado al productor está entre $0,67 a $0,74 para la leche grado A y de $0,40 a $0,55 para la leche grado C.
Panamá importa unas 41.463 toneladas métricas de leche por año, que equivalen a unos 321 millones de litros de leche. Las importaciones son principalmente leche en polvo, entera y descremada grado industrial, quesos, fórmulas maternizadas, helados, yogur y bebidas. El consumo anual de leche en Panamá es de 475,2 millones de litros de leche equivalentes a 113 litros per cápita.
Julián González CheaPro Lácteos de PanamáLo que hacen nos parece inapropiado, ya que hacen aseveraciones sobre la economía panameña y sobre el sector lácteo, cuando ni siquiera son panameños; entonces, nos parece que eso no es correcto”.
La diferencia entre Panamá y Costa Rica por un bloqueo que data del año 2020 sigue generando controversia entre los países vecinos.
Ayer, 27 de enero, el titular del Ministerio de Comercio Exterior de Costa Rica, Manuel Tovar, junto con su cúpula empresarial, encabezó una conferencia de prensa en la que reiteró que al Panamá recurrir a la apelación “constituye un acto temerario y de mala fe del gobierno, así como una maniobra aplicada con el único propósito de mantener las prohibiciones ilegítimas a la importación de bienes costarricenses”.
Tovar se refiere a la apelación que presentó Panamá, el pasado 24 de enero, en Ginebra, Suiza, al laudo arbitral del 5 de diciembre de 2024, del grupo especial del Órgano de Solución de Diferencias (OSD) de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el caso DS599, denominado “Medidas relativas a la importación de determinados productos procedentes de Costa Rica” y que consta de 392 páginas, donde Costa Rica salió favorecido,
Tovar lamentó la apelación de Panamá, ya que es una acción “en contra de la decisión que dio la razón a Costa Rica, estableciendo que estas prohibiciones violan más de 30 obligaciones comerciales multilaterales y constituyen restricciones injustificadas al comercio internacional”.
“El único actuar aceptable frente a la decisión de la OMC era el cumplimiento inmediato del Gobierno panameño y el levantamiento de las prohibiciones que afectan a nuestro sector agropecuario”, dijo Tovar en la conferencia de prensa.
El representante del Ejecutivo costarricense insistió en que: “en diciembre pasado, el Gobierno de Costa Rica propuso a las autoridades panameñas que, en caso de procurar la impugnación del laudo, se hiciera mediante un mecanismo alternativo que permitiera resolver el recurso en un plazo corto y cierto, dirimiendo definitivamente esta controversia y otorgando seguridad jurídica a ambos países”.
Panamá impide la entrada al país de productos lácteos; cárnicos de bovino, porcino, aves de corral y pavo, alimento para peces, fresas, piña fresca y plátano y banano costarricenses.
Por su parte, Ivanna Quesada, presidenta de la Cámara Nacional de Productores de Leche de Costa Rica, también lamentó el proceder de Panamá ante un contundente fallo de la OMC, y afirmó que el país utiliza pretextos sanitarios inadmisibles, cuando la calidad producida es “excelente”, cuando la clase grado B de Costa Rica es castigada y a diferencia en Panamá, la grado C —o industrial y más baja que la de Costa Rica— es premiada.
Quesada invitó a Panamá a realizar un comparativo objetivo, técnico y científico sobre la sanidad animal y de las leches, para entender la brecha entre ambos países.
Tomando como referencia que el bloqueo data de junio del año 2020, Quesada comentó que han dejado de exportar al mercado panameño unos 50.000 litros diarios de leche líquida y subproductos lácteos, lo que representa una pérdida económica de unos $33 millones.
Luis Eduardo Arata, presidente de la Corporación Ganadera, también estuvo presente en la conferencia costarricense e hizo un llamado para que los países vecinos en conjunto busquen mercados para colocar sus productos en lugar de estas diferencias.
Julián González Chea, vocero del Comité Técnico Comercial del Sector Productor Lácteo (Pro Lácteos de Panamá), dijo que la apelación se dio, ya que el informe del grupo especial de la OMC no tomaba en cuenta la normativa panameña, no era consistente y tampoco defendía los mejores intereses del país.
González Chea se refirió a los pronunciamientos costarricenses como “inapropiados”. “Lo que hacen nos parece inapropiado, ya que hacen aseveraciones sobre la economía panameña y sobre el sector lácteo, cuando ni siquiera son panameños; entonces, nos parece que eso no es correcto”, comentó a este medio el ganadero que preside la Asociación de Productores de Ganado Lechero de Panamá (Aprogalpa).
Con base en el informe de la Aprogalpa, con 14 páginas, para la apelación ante la OMC, “Panamá, en teoría, tiene en Costa Rica un mercado libre de aranceles. En la práctica, Costa Rica ha procedido a inhabilitar todas las plantas panameñas de exportación de productos lácteos desde el 2020. Por consiguiente, actualmente el comercio lácteo entre los países permanece cerrado en ambas vías”.
El documento de la Aprogalpa destaca que Costa Rica no demostró que los fechos en los que fundamento la medida 2 sobre “Restricción a la importación de productos lácteos y cárnicos”, con sus dos supuestos: a). La no renovación de las aprobaciones sanitarias de diversos establecimientos costarricenses que producen y exportan los productos en cuestión, y b). La exigencia de Panamá de que Costa Rica se someta a un nuevo procedimiento de elegibilidad zoosanitaria como condición para reanudar el comercio de dichos productos como si se tratase de un país que va a exportar por primera vez.
Sin embargo, el grupo especial concluyó en su informe que “Costa Rica no pudo probar que Panamá haya revocado o dejado de reconocer la elegibilidad sanitaria o zoosanitaria de Costa Rica para todos los productos en litigio”.
Aprogalpa indica que: “al ser incapaz Costa Rica en demostrar el supuesto arriba indicado, se desvanece el sustento del informe del grupo especial en su conclusión sobre la medida 2. Costa Rica no logró demostrar uno de los dos pilares sobre los cuales sustenta su posición”.
Además, la Aprogalpa destaca la interpretación errónea por el grupo especial de la OMC, y que esa instancia desconoce la competencia de las normas del Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) y de la autoridad sanitaria panameña, que mediante cuestionario solicito más información a Costa Rica sobre su sistema sanitario.
En conclusión, la Aprogalpa resume en 12 puntos la postura de Panamá en la diferencia que tiene con Costa Rica, donde destacan: “El grupo especial concluyó erróneamente que Panamá discriminó a Costa Rica de manera arbitraria o injustificable cuando concedió prórrogas de 2 a 6 meses a favor de establecimientos industriales de Perú y Nueva Zelanda en los que, a su juicio, prevalecían condiciones sanitarias idénticas o similares, y no dio mérito suficiente ni valoró objetivamente que en dicha comparación se trataban productos distintos, con requisitos sanitarios y riesgos sanitarios asociados distintos, incluso para un mismo establecimiento, con usos distintos (consumo humano y consumo animal, materia prima industrial) y con sistemas sanitarios que gozan de una tradición sanitaria y reputación distinta (comparar y equiparar los sistemas sanitarios de Costa Rica con Nueva Zelanda en materia láctea, es cuando menos una exageración). Panamá debe insistir en la necesidad de enmendar ese error de interpretación y valoración jurídica”.
El Código Sanitario ilustran la importancia de los estándares y controles a la que es sometida la producción lechera en Panamá, para garantizar un producto de alta higiene y calidad al consumidor panameño.
La leche es un producto vital para los productores, los consumidores y para la economía del país. El Código Sanitario de Panamá la define como “leche cruda: ... la secreción láctea del ordeño completo de una o más vacas sanas excluyendo al calostro...”. “Esta leche debe tener no menos de 8,5 % de sólidos no grasos y no menos de 3,5 % de grasa láctea y un total de sólidos no inferior al 12 %”.
La “leche cruda grado A es aquella que tiene un recuento de bacterias no mayor de 200.000 por mililitro ni residuos de antibióticos y que desde el momento de su obtención hasta llegar a la planta pasteurizadora se mantenga a una temperatura no mayor de 10C, temperatura que debe ser mantenida hasta su pasteurización. Esta leche provendrá de las granjas de primera clase, cuyos requisitos mínimos están señalados en el reglamento sobre producción de leche”.
Por su parte, la “leche pasteurizada grado “A” es la leche que proviene de la leche cruda grado “A”, la cual ha sido pasteurizada, enfriada y colocada en su envase final en una planta pasteurizadora que llena los requisitos exigidos en el reglamento respectivo. En todos los casos, el examen de la leche debe probar que ha tenido una pasteurización eficiente que se evidencia mediante pruebas satisfactorias de fosfatasa, y en ningún tiempo, después de su pasteurización y antes de su entrega final, debe la leche tener un recuento de bacterias de plato petri que exceda de 30.000 por mililitro o un contenido de coliforme que exceda de 10.000 por mililitro: debe ser negativo a grupos patógenos”.
Estas definiciones del Código Sanitario ilustran la importancia de los estándares y controles a la que es sometida la producción lechera panameña, para garantizar un producto de alta higiene y calidad al consumidor local.
En Panamá, la producción de leche cruda líquida está por el orden de los 178,9 millones de litros al año, de la cual, el 86 % es recibida por la industria procesadora destinada a la producción principalmente de leche fresca, leche líquida larga duración, quesos, yogur y leche evaporada. La actividad de producción de leche cruda genera un valor económico anual de $177,1 millones. Actualmente, existen unos 2.827 productores dedicados a la producción de leche y unas 157.500 cabezas de ganado destinado a la producción de leche. El precio por litro pagado al productor está entre $0,67 a $0,74 para la leche grado A y de $0,40 a $0,55 para la leche grado C.
Panamá importa unas 41.463 toneladas métricas de leche por año, que equivalen a unos 321 millones de litros de leche. Las importaciones son principalmente leche en polvo, entera y descremada grado industrial, quesos, fórmulas maternizadas, helados, yogur y bebidas. El consumo anual de leche en Panamá es de 475,2 millones de litros de leche equivalentes a 113 litros per cápita.